Morosidad en las cuotas de comunidades de propietarios

Todo el mundo sabe lo que significa la palabra “moroso”, pero hay que hacer hincapié, en el significado de esta palabra, sencillamente podemos describirla como aquel que no paga en tiempo y forma, los morosos más habituales en nuestro país se dan en el marco de las comunidades de vecinos,  y uno de las dudas más comunes es “¿Qué pasa si no pago las cuotas de la comunidad de vecinos?”. En este artículo trataremos de explicar los efectos que produce el impago de esta obligación.
Aunque no lo parezca es un problema muy importante ya que los efectos del impago puede afectar de una forma estrepitosa cuando la comunidad de vecinos es pequeña, debido a que el reparto de los gastos son divididos en un número pequeño de vecinos. Normalmente estas deudas afectan a los pagos ordinarios y extraordinarios que al ser aprobados en junta son totalmente exigibles.

¿ES OBLIGATORIO EL PAGO DE GASTOS DE LAS COMUNIDADES DE VECINOS?

Tenemos que acudir a la ley de propiedad horizontal (LPH) que nos indica claramente que todos los miembros de una comunidad de propietarios tienen la obligación de cumplir y soportar los gastos comunes para el mantenimiento correcto de los servicios de dicha comunidad. La LPH establece los mecanismos necesarios para hacer cumplir este precepto, y así poder reclamar la deuda líquida, determinada y vencida, es imprescindible acreditar estos extremos por medio de un certificado del acuerdo en junta donde se aprecie que se ha aprobado la liquidación de la deuda con la comunidad de propietarios

¿QUÉ CONSECUENCIAS SE ORIGINAN POR NO PAGAR LA CUOTA DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS?

Cuando un propietario no cumple con su obligación de colaborar con los gastos de la comunidad de vecinos, la junta de propietarios puede reclamar el cumplimiento de la obligación del pago de las cuotas por parte del vecino moroso a través de los órganos jurisdiccionales, para ello tienen que seguir unos pasos, el primero de ellos es aprobar en junta la liquidación de la deuda y decidir si realizan la reclamación judicial, el siguiente paso es presentar la demanda en nombre de la comunidad de propietarios.

Si el deudor no realiza el pago de las cuotas adeudadas y reclamadas por la comunidad de propietarios el proceso para reclamar la deuda proseguirá, realizando la correspondiente presentación de la demanda ante los entes jurisdiccionales, pudiéndose solicitar el embargo de bien para poder realizar  su posterior ejecución, a la deuda impagada se le puede sumar todas las costas judiciales en que incurra la comunidad de propietarios para realizar la reclamación de deuda.

Debemos hacer mención que desde el mismo instante que el deudor deja de pagar las cuotas de la comunidad de propietarios puede asistir a las juntas de propietarios que se celebren pero estará privado de su derecho a ejercer voto, por ello es recomendable que los deudores negocien con su comunidad de propietario un tiempo razonable para ponerse al día y evitar así reclamaciones judiciales que pueden incrementar la deuda y con más gastos y problemas.

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